Ramón en el retrovisor de Cristina

La condena por indicios, que el kirchnerismo descalifica en el caso de Cristina Kirchner, fue incorporada a la jurisprudencia nacional hace un cuarto de siglo, a través del expediente María Soledad Morales.

Con la descalificación de los indicios como elemento suficiente para configurar pruebas en el eje de su argumento, las objeciones del kirchnerismo a la calidad jurídica de la sentencia que condenó a Cristina Kirchner por corrupción son análogas a las que el peronismo de Catamarca esgrimió contra la condena a Guillermo Luque y Luis Tula por el asesinato de María Soledad Morales.

Desde la perspectiva política, ambos fallos se emparentan en la pretensión de no circunscribir su alcance a los acusados, si no impregnar a todo un régimen caracterizado como corrupto.

Ramón Saadi agotó su ciclo político tratando de desvirtuar el relato que lo sindicaba como cabecilla de las maniobras de encubrimiento del crimen de María Soledad, del mismo modo que el kirchnerismo busca invalidar ante la opinión pública los argumentos vertidos en las 1.616 páginas que el Tribunal Oral Federal 2 de la Ciudad de Buenos Aires llenó con los fundamentos de la condena a su jefa.

«Pura falopa»

Graciana Peñafort, la jurista más respetada por los cristinistas, definió el mamotreto como “pura falopa”. (https://twitter.com/gracepenafort/status/1634075118757355527)

Tuiteó:

– Leídos con atención los fundamentos de Vialidad, resalta especialmente a ausencia de pruebas y la sobreabundara de adjetivos. Y lo deficiente argumentalmente que es. Ojo! Los jueces intentan sostener una hipótesis, solo que hacen agua por todos lados. De modo grosero.

Defienden con uñas y dientes las prueba indiciaria, que no resulta válida para condenar a nadie. Abundan citas intentando justificar lo injustificable. Llaman la atención al intento de la Fiscalía de incorporar prueba que no había sido autorizada por el tribunal.

– La figura por la que condenan es Defraudación, y la figura requiere un perjuicio económico que expresamente el tribunal dice que no puede ponderarlo. Si si, así como leen: niega la existencia del “lawfare”, pero manda a denunciar incluso a los abogados ante el Colegio.

– Niega la extracción de testimonios solicitados por las defensas. Le discute todo a los peritos y arman sus propias conclusiones… Insólito!! Jueces convertidos en peritos. Y así todo, 1616 páginas de pura falopa.

En “El Cohete a la Luna”, portal dirigido por Horacio Verbitsky, Aleardo Laría Rajneri ataca “una condena sin pruebas, en un fallo incongruente, basado en indicios endebles”. (https://www.elcohetealaluna.com/la-democracia-de-rodillas/)

Destaca la “anomalía” de que los jueces adelanten, antes de empezar a desplegar su razonamiento “una serie de consideraciones de tinte contextual tanto en lo que atañe a la conformación del conjunto de probanzas como así también a la metodología a través de la cual serán valoradas en lo sucesivo”.

“Como anticipándose a las críticas -señala- se alude argumentativamente acerca de la dificultad probatoria que encierran los delitos complejos y se alega que en estos casos la prueba indiciaria resulta de especial relevancia. De este modo se prepara al lector –y esto tiene un valor de reconocimiento— para adelantarle que no se van a encontrar pruebas directas y que la decisión  se va a apoyar en la interpretación de ‘aspectos secundarios o contextuales del hecho criminal”.

las condenas del Caso Morales y Cristina Kirchner se emparentan en la pretensión de no circunscribir su alcance a los acusados, si no proyectarse sobre todo un régimen caracterizado como corrupto

La sentencia Morales

Las similitudes con la mecánica argumental aplicada para articular la sentencia en el Caso Morales son ostensibles.

Condenar a Guillermo Luque y Luis Tula por el crimen exigió significativos esfuerzos intelectuales a los integrantes de la Cámara Penal de Segunda Nominación de Catamarca.

Su presidente, Santiago David Olmedo de Arzuaga, y los vocales Edgardo Rubén Álvarez y Jorge Álvarez Morales, sintieron la necesidad de reforzar con argumentos sociológicos y políticos el criterio interpretativo aplicado para tramar el andamiaje probatorio.

Las pericias no eran concluyentes.

Los testimonios sobre la localización de Luque eran contradictorios. Algunos lo ubicaban en Buenos Aires, otros aseguraban haberlo visto en Catamarca, con apariencias variables: pelo corto y melena, con y sin aro, con barba y lampiño, con y sin lentes.

No solo se registraba la habitual contradicción entre los testigos de la acusación y de la defensa, o las diferencias y matices entre los relatos. Había testimonios diametralmente contrapuestos de las mismas personas. Las mutaciones de los del barman Jesús “Nino” Muro eran paradigmáticas: cinco versiones hasta llegar a la final, la determinante, que reunió al entregador y al asesino en el boliche bailable desde donde María Soledad supuestamente había sido conducida a su brutal fin.

Dados los obstáculos interpuestos a la investigación por el encubrimiento, explicaron los jueces, “el Tribunal se apoyó, en alguna medida, en prueba indirecta, es decir, la que se obtiene por razonamiento a partir de un hecho conocido que conduce a otro que se desconoce y que es el que se quiere probar. Conscientes de la resistencia que este medio de prueba tiene en cuanto a su suficiencia para fundar una condena, hemos querido puntualizar lo que fue motivo de este introito”, advirtieron, en una prefiguración de lo que alegarían 25 años después sus epígonos del Tribunal Oral Federal 2.

La fragilidad probatoria, subrayaron, obedecía a una gigantesca maniobra de encubrimiento montada al amparo de las condiciones sociales y políticas imperantes en Catamarca al perpetrarse el crimen.

“Resultará dificultoso interpretar la prueba testimonial rendida en autos si no se la coloca en el exacto entorno de la sociedad y del tiempo en que se produjo”, advirtieron, porque “se enredó todo el proceso investigativo, ya sea mediante la ocultación de prueba, desviación de la investigación, presión o incentivación ejercida sobre testigos, etc. No estuvieron ausentes las relaciones de pertenencia entre quienes daban las órdenes y quienes debían obedecerlas por lealtad, por miedo o en salvaguarda de su propia subsistencia”.

Suplir las deficiencias requirió de un marco teórico, que introdujeron en la sentencia a través de un ensayo sobre clientelismo político de Javier Auyero, publicado originalmente en la Revista de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, y otro sobre el miedo, confeccionado por el juez Álvarez.

Lo nocivo del “exacto entorno de la sociedad” en el momento del crimen, bajo el imperio saadista, se consideró probado y se describió con el auxilio de Auyero.

Las reflexiones de Álvarez sobre el miedo se utilizaron para cubrir otro flanco endeble: cuando Luque y Tula fueron condenados, en 1998, hacía siete años que el saadismo no gobernaba Catamarca. Estaba aislado del peronismo nacional y el proceso Morales se había desarrollado en el seno de un Poder Judicial íntegramente configurado por sus antagonistas políticos del FCS acaudillado por Arnoldo y Oscar Castillo.

El primer juicio oral había naufragado en 1996 tras un gesto del juez Juan Carlos Sampayo a su par Alejandra Azar en la definición de un incidente procesal menor. El aparato mediático interpretó el ademán como una componenda espuria a espaldas del presidente del tribunal, Alejandro Ortíz Iramaín.

Esta lectura omitía el detalle de que tales conspiraciones eran superfluas, pues el tribunal podía deliberar para tomar sus decisiones y frecuentemente pasaba a cuarto intermedio para hacerlo. Sin embargo, desencadenó un escándalo nacional que desembocó en la anulación del proceso.

El primero de abril, Ortiz Iramaín renunció denunciando que el Gobierno provincial lo había presionado para que condenara a Luque, cosa que jamás se investigó.

El ensayo de Álvarez pretendía subsanar las dudas sobre la manipulación política del Caso que podían surgir de estos episodios con teorías sobre el “miedo residual” al para él tenebroso clan Saadi. Era preciso, para evitar confusiones, dejar constancia de que quienes habían reemplazado a los Saadi no habían aprovechado la estructura clientelar, vigente y sólida, para incidir sobre el espíritu de los jueces o los testigos que habían suministrado los indicios.

“De alguna manera el miedo llega a ser, y puede seguir siéndolo en la actualidad –conjeturó Álvarez- un fenómeno colectivo en la medida en que de alguna manera se sienta o se perciba el agazapamiento de algo no querido detrás de cada uno y también  ocultamente se reconoce la debilidad para establecer cambios y se teme al futuro, como si se hubieran plantado semillas potencialmente terribles según se observó en el debate. Situación concreta, presente y dañina de la tratada emoción”.

¿Se animarán Graciana Peñafort y sus epígonos a rebatir la jurisprudencia Morales? O, en términos políticos: ¿Osarán vincular el derrotero de Cristina con el de Ramón Eduardo Saadi?

Complementos

Las muletas retóricas de los jueces sintonizaron con los alegatos que habían planteado antes de la condena el fiscal Gustavo Taranto y los abogados de la querella, José Buteler y Luis Segura, que reforzaron la discutible lógica indiciaria con ingredientes emotivos.

“Voy a convocar al testigo más importante que tiene la causa…”, había iniciado su razonamiento Taranto, mientras exhibía una foto de María Soledad.

“A mí me drogaron, nos está diciendo María Soledad, y este fiscal le cree. A mí me violaron más de tres personas, nos dice María Soledad, y este fiscal le cree. A través de esa violencia una persona me sostuvo para hacerme tragar sangre, también nos dice, y yo le creo. El que me hizo esto tiene las manos manchadas con sangre. Busquen en su ropa, en su ropa interior; busquen, porque tiene mi sangre”.

El golpe de efecto cerraba una narrativa abierta con la descripción del ecosistema político en el que se había cometido el crimen.

“Se trata de un juicio distinto –orientó Taranto-. Para valorar, hay que tener en cuenta la situación social que existía allá por septiembre del ’90 como un dato histórico más de la realidad».

Buteler subrayó: “La unión de indicios, si son unívocos y concordantes, dan grado de certeza”.

Su colega Luis Segura leyó un poema.

La línea “Humor”

En mayo de 1991, poco después de la Intervención Federal que decapitó a Ramón Saadi, la revista “Humor”, de invariable línea progresista y reconocida internacionalmente como una excepcional trinchera periodística de resistencia a la dictadura militar, publicó un artículo de Héctor Ruiz Núñez que abordaba el fenómeno de la influencia mediática sobre los jueces y hacia mención específica al rumbo tomado por la investigación del asesinato de María Soledad en Catamarca.

Vale la pena citarlo extensamente.

“Los jueces –sostenía Ruiz Núñez- están sufriendo una nueva forma de presión (o extorsión): el tratamiento de los procesos ante la sociedad a través de los medios de prensa. Mas que pruebas en los expedientes, algunos abogados prefieren una opinión pública favorable y movilizada”.

Seguía:

“El pasado 8 de mayo, Ámbito Financiero publicó una nota bajo el sugerente título: ‘Luque y Caserta, dos presos peligrosos’. El matutino exponía una conjetura más que lógica: al gobierno no le convenía que la Justicia liberara a Luque o Caserta, o a los dos, antes de las elecciones. Pero lo más grave del artículo era la sugerencia de que el Poder Ejecutivo estaba operando para que ésa o esas liberaciones no se produjeran. En referencia a Luque, decía Ámbito Financiero: ‘Varios funcionarios habrían insistido en que Luque no puede ser liberado antes de las elecciones que normalicen la situación institucional catamarqueña’. Y agregaba el matutino: ‘Esa supuesta ‘razón de Estado’ resulta, de ser verídica, una notable injusticia que pone en duda lo actuado y hace sospechar acerca de por qué tuvo tanta espectacularidad el caso Morales”.

“Si los tres camaristas que deben evaluar la apelación de la defensa de Guillermo Luque encuentran que no existen elementos que sustenten la prisión preventiva dictada por el juez Ventimiglia, ¿cuentan con espacio político y social para disponer su libertad?”

“La primera etapa de la investigación del caso María Soledad estuvo signada por la negligencia o el encubrimiento deliberado; este punto está fuera de discusión. Por otra parte, parece existir cierto consenso sobre que la segunda etapa, con movilización popular y nuevos jueces, significó un triunfo de la Justicia. Ya aquí aparece el error: este tramo del proceso puede admitir muchas calificaciones, pero nunca la de triunfo de la Justicia. Más aun, no sería exagerado anotar que, por el contrario, la Señora Justicia quedó gravemente lesionada”.

“Cualquiera haya sido su motivación, política, personal o profesional, la abogada Lila Zafe logró conquistar prácticamente a toda la prensa con imputaciones sensacionalistas y promesas de pruebas que jamás presentó. La actuación del periodismo en Catamarca, no en la formación de las muy dignas marchas populares sino en la cobertura de la causa judicial María Soledad Morales, merece un lugar destacado en la antología del bochorno. En la búsqueda del escándalo, los medios alentaron a sus cronistas a encolumnarse detrás de una determinada hipótesis despojándolos de la mínima objetividad.”

“La prensa en bloque más la presión popular fueron el soporte adecuado de la prisión preventiva de Guillermo Luque dispuesta por el juez José Luis Ventimiglia, una pieza jurídica lamentable”.

“En el marco del debate sobre esta cuestión, y cuando se encuentran impotentes ante los argumentos racionales, hay quienes recurren a fundamentaciones políticas o seudoéticas, como: ‘No se si Luque es inocente, pero la cuestión es que el pueblo echó a Saadi”. O esta otra: ‘Tal vez Luque no hizo lo de María Soledad, pero seguro que hizo cosas peores, así que bien preso está’. Cambiando los personajes, es estrictamente la misma justificación que usó la dictadura para sus detenciones ilegales y asesinatos”.

En un recuadro, Ruiz Núñez relataba un episodio ocurrido en la Universidad Nacional de Buenos Aires que dejaba muy mal parado a Ventimiglia, quien había determinado el procesamiento y la prisión preventiva de Luque requerida por la abogada Lila Zafe, apoderada de la familia Morales.

“En un curso superior de Derecho Penal de la UBA, se leyó la resolución del procesamiento y prisión preventiva de Guillermo Luque, firmada por el juez José Luis Ventimiglia. Las carcajadas de los alumnos eran el fondo casi permanente de la lectura. El profesor acalló el clima festivo, subrayando la gravedad de la resolución, que, dijo, ‘es incoherente, aberrante, arbitraria e inconstitucional’.

Incoherente, porque el relato del juez de cómo sucedieron los hechos carece de lógica y verosimilitud.

Aberrante, porque transforma el proceso, que es la búsqueda de la verdad jurídica, en la adopción de una hipótesis increíble y en la utilización forzada de pruebas en favor de su corroboración.

Arbitraria, porque, aún aceptando la extravagante versión del juez, la calificación elegida no es la correcta.

Inconstitucional, porque vulnera el principio de inocencia, al dar privilegio constantemente a los elementos en contra del imputado y desechar los que los favorecen.

El objetivo del juez parece haber sido el demostrar que Luque estuvo en Catamarca. Si estuvo, mató a María Soledad. En el intento señalado, Ventimiglia exhibe un curioso criterio para decidir a cuáles testigos cree y a cuáles no. Como no tiene un solo elemento que vincule a Luque con María Soledad, el juez elabora una imaginativa novela donde los reúne y ‘cuenta’ la muerte de la chica”.

Concluía Ruiz Núñez: “Quien se aparte de la ‘versión social y oficial’ en el caso María Soledad y reclame garantías procesales para Guillermo Luque puede granjearse la enemistad de muchos. Especialmente de aquellos que, sin admitirlo, sustentan aquel criterio de ‘para mis enemigos, ni justicia’. Parafraseando a Voltaire, sería largamente más digno proclamar: ‘Me siento en las antípodas ideológicas y éticas de Luque, pero daría mi vida por garantizarle un juicio justo’”.

(“La justicia coadministrada- Tribunal judicial y tribunal populista”- Héctor Ruiz Núñez- Revista Humor 290-Mayo 1991).

La jurisprudencia Morales

Los paralelismos no habilitan pronósticos optimistas para la causa que atormenta a  Cristina.

La valoración como prueba de inducciones construidas a partir de indicios y descartando elementos favorables al reo que se empleó en el diseño de la sentencia Morales sorteó las apelaciones en todas las instancias recursivas, incluida la Suprema Corte de Justicia.

Vale decir: el criterio que el kirchnerismo cuestiona en la condena a Cristina fue validado jurídicamente hace un cuarto de siglo con el Caso Morales.

¿Se animarán Graciana Peñafort y sus epígonos a rebatir la jurisprudencia Morales? O, en términos políticos: ¿Osarán vincular el derrotero de Cristina con el de Ramón Eduardo Saadi?

Arduo dilema para la progresía y la corrección política de todos los tiempos: pasar del mango al filo del cuchillo.

Ver también en El Estaño

https://elestanio.com.ar/el-insumo-maria-soledad/

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